09/09/2018
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Viene siendo cada vez más habitual que las Comunidades de Vecinos acuerden en Junta que aquellos propietarios que tengan arrendadas sus viviendas o las vayan a alquilar en el futuro, deban comunicar esta circunstancia tanto al Presidente y al Administrador, indicando los datos de identificación del arrendatario.
Este tipo de acuerdos podría suponer una vulneración de la normativa de Protección de Datos Personales.
En primer lugar, el artículo 6 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, d...
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